El reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el Presidente Javier Milei ha generado una serie de ajustes en el ámbito bancario y, particularmente, en el sector de tarjetas de crédito. Esta normativa ha llevado a que las entidades financieras comiencen a notificar a sus clientes sobre las modificaciones que se avecinan en los contratos de estos servicios.
De acuerdo con la regulación vigente, los bancos están obligados a informar a los usuarios con al menos dos meses de antelación antes de realizar cualquier cambio en los contratos. Es así que, mientras varias entidades analizan las adaptaciones a implementar, algunas ya han comenzado a comunicarlas a sus clientes.
Uno de los principales cambios anunciados está relacionado con la eliminación de los topes en los intereses punitorios. Estos intereses se aplican cuando un cliente no abona siquiera el pago mínimo del resumen de su tarjeta de crédito. Anteriormente, existía un límite del 50% sobre la tasa aplicable, pero esta restricción ha sido eliminada.
Otra modificación significativa es la liberación de las comisiones que los emisores de tarjetas cobran a los comercios por recibir pagos mediante estos medios. Este cambio implica que no habrá límites en las tarifas ni discriminación hacia los pequeños comercios en este aspecto.
El nuevo texto de los contratos reflejará estas y otras alteraciones, detallando cómo se calcularán los intereses punitorios y cómo se liquidarán los gastos en moneda extranjera, entre otros aspectos.
Es importante recordar que los clientes tienen el derecho de rescindir el contrato en cualquier momento antes de que los cambios entren en vigencia, sin incurrir en costos adicionales.
El DNU aún debe ser analizado por una comisión bicameral en el Congreso, por lo que es posible que se produzcan ajustes adicionales en el camino.