El Gobierno Nacional emitió la Circular D.N. N° 20/24, que introduce cambios significativos en los trámites de inscripción de automotores y motovehículos en los distintos registros del país.
Esta modificación se produce tras la derogación de los artículos 11 y 12 del Régimen Jurídico del Automotor, establecido por el Decreto-Ley N° 6582/58.
Según Roberto Delgado, presidente de la Cámara de Mandatarios y Gestores, lay nueva normativa permite que los propietarios de vehículos 0km puedan inscribir sus automóviles en cualquier Registro Seccional del país, eliminando la obligación de hacerlo en la jurisdicción de su domicilio.
Esta medida busca simplificar el proceso de inscripción y facilitar el acceso para los usuarios.