A más de cuatro años del hecho, tres jóvenes llegaron a instancia de debate oral y público, pero esclarecer qué sucedió realmente dentro de ese pinar y qué responsabilidad tuvo cada uno de los involucrados es lo que continúa develando a todos.
En la ronda de alegatos desarrollada el 4 de Julio, tanto la fiscalía como la querella y los abogados defensores plantearon diversos pedidos que van desde penas de prisión perpetua y 25 años de cárcel hasta absoluciones directas o por el beneficio de la duda y sobre ese abanico de requerimientos deberá ahora enfocarse el tribunal para emitir sentencia, la cual se dará a conocer el 22 de julio.
En cuanto a los pedidos efectuados, el primero en alegar en la jornada del jueves fue la querella encabezada por el letrado Fabio Toledano, quien mantuvo la figura de la alevosía y ante ello pidió para los tres imputados la máxima pena establecida por el artículo 80 del Código Penal, es decir, prisión perpetua.
Toledano encontró culpable a los tres jóvenes involucrados y aseguró que “analizando el marco probatorio tenemos por probado la autoría funcional de cada uno de ellos”.
Para la querella, tanto Ariel David ‘Chinchulín’ Cardozo (24) como Enzo Javier Alvez Da Silva (20) y Cristian Javier Vargas (22) ese día actuaron en conjunto y la acción llevada adelante por los tres terminó en una interceptación y ataque a puñaladas que le significó la muerte a la víctima.
El fiscal Federico Rodríguez, en tanto, expuso en segundo turno y su planteo repercutió fuerte. Es que ante las partes decidió cambiar la calificación del caso y pasar de un homicidio calificado por alevosía y premeditación de dos o más personas a un homicidio simple, lo cual reduce considerablemente la expectativa de pena para los posibles culpables.
Bajo la primera figura los imputados son pasibles de una pena de prisión perpetua, tal como lo pidió la querella, pero ante esta modificación los acusados son pasibles a recibir penas de entre 8 y 25 años de prisión.
Pero además de esa modificación, el pedido del fiscal también repercutió cuando a la hora de acusar atribuyó todas las responsabilidades sobre Cardozo y Alvez, para quienes pidió 25 años de cárcel y la declaración de responsabilidad penal, respectivamente, teniendo en cuenta que el segundo de ellos era menor de 16 años al momento del hecho.
De esta forma, desligó del caso a Vargas, para quien pidió su absolución por el beneficio de la duda. Justamente esta desvinculación es lo que también incidió en el pedido de cambio de calificación del caso, dado que al no involucrarlo el hecho quedó sin la intervención de un tercero.
A su tiempo, el letrado Rodrigo Torres Muruat, patrocinante de Alvez Da Silva y Vargas, pidió la absolución de culpa y cargo para ambos o, de manera subsidiaria, la absolución por el beneficio de la duda.
Mismo pedido fue planteado por el abogado Guiller Itatí Jones para su defendido Ariel Cardozo.
La causa
La causa por el crimen de Cubas llega a instancia de debate tras una segunda elevación a juicio. Es que el expediente llegó a manos del Tribunal Penal Uno en primera instancia a mediados de 2017, pero tras una revisión los magistrados declararon nulas las indagatorias realizadas a los imputados y el caso fue remitido nuevamente al juzgado de instrucción que llevó adelante la investigación.
Una vez devuelto, las autoridades judiciales pertinentes volvieron a realizar las indagatorias y una vez cumplimentado con los procesos se volvió a requerir la elevación a juicio que finalmente fue confirmada.
Lo que se pudo reconstruir durante la instrucción del caso indica que Cubas fue interceptada el 7 de abril de 2015 entre las 16.30 y las 17.20, mientras caminaba por un camino utilizado como atajo dentro de un pinar privado ubicado entre los barrios Parque y San José de Puerto Piray.
La joven había salido de la Escuela BOP 37 a la que asistía y se dirigía rumbo a su casa, pero al pasar por el mencionado pinar fue interceptada por los tres jóvenes. Fue allí donde la muchacha encontró la muerte.
Según los estudios forenses, la víctima sufrió una lesión punzocortante debajo del ombligo, el cual le perforó las asas intestinales y le produjo una abundante hemorragia. Acto seguido, la chica recibió otra lesión cortante en el lateral izquierdo de la cabeza y, por último, mientras ya se encontraba tendida en el suelo, sufrió tres puñaladas más en la espalda que también le afectaron órganos vitales. Por todas estas lesiones es que se considera que los implicados actuaron con “alevosía”.
Para terminar de reconstruir lo sucedido podría ser clave el aporte del menor de los involucrados, quien a su tiempo apuntó a Chinchulin como el autor de las puñaladas.
El menor señaló que esa tarde tenía intenciones de buscar drogas y al encontrarse con Chinchulin planearon consumir juntos, hasta que Cubas apareció en la escena y el mayor de ellos se abalanzó sobre la víctima.
Fue allí que la adolescente se resistió y recibió las estocadas, tras los cual huyeron y el principal apuntado le habría dicho al menor que culpe al tercer imputado en el caso.
De esta forma, el cúmulo de elementos deja a los tres involucrados en el caso, pero habrá que establecer qué grado de responsabilidad o participación tuvo cada uno de ellos. Los tres son pasibles de recibir una condena, aunque en el caso de los dos imputados que al momento del hecho eran menores podrían ser sometidos a otro régimen de cumplimiento de pena.
El arma homicida fue encontrada tres días después, en el techo de la casa de Chinchulin.