Los interesados en el programa deberán presentar solicitud de padrinazgo ante el Honorable Concejo Deliberante, y contendrá los siguientes requisitos:
1. Individualización del espacio verde;
2. Propuesta concreta de mantenimiento, conservación, embellecimiento, limpieza, refacción, y/o plantación de especies arbóreas, arbustivas, sugeridas para el arbolado publico de la ciudad;
3. Plazo por el cual va apadrinar el espacio verde;
4. Planificar y proyectar el cumplimiento de las obras y/o servicios a llevar a cabo durante el padrinazgo;
5. Adjuntar el plano o croquis del espacio verde ilustrado mencionando acciones a desarrollar;
6. En caso de servicios, especificar la metodología y materiales a utilizar detallando la frecuencia con la que serán presentados;
7. En caso de bienes, detallar la cantidad y calidad de los materiales a utilizar.
Cuando exista un único proponente, el Honorable Concejo Deliberante deberá remitir dicha solicitud al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de suscribir el correspondiente convenio de padrinazgo; y cuando existan varios proponentes, será la comisión la encargada de definir un responsable antes de remitir la solicitud al DEM.
El padrino que sea exitoso en su tarea, y así lo considera la comisión creada por la presente, será premiado, a solicitud del padrino, con una condonación del 100% de la tasa retributiva de la propiedad de ese año, en un inmueble de su propiedad.
Como compensación de los bienes y servicios brindados, el padrino puede colocar un cartel alusivo a su a padrinazgo en el ámbito del espacio asignado, que exhiba el nombre oficial del espacio verde apadrinado, con una breve referencia histórica-social del mismo; Nombre de la entidad o persona; Un apartado que contenga una breve leyenda referida al cuidado y conservación de dicho espacio y una segunda leyenda dedicada a la ecología en general.