En horas de la mañana de hoy, se realizó una Asamblea con trabajadores municipales, el mismo convocado también por compañeros municipales representantes del gremio UPCN para tratar temas varios, la invitación decía :UPCN CONVOCA A LOS AGENTES MUNICIPALES DE LA Municipalidad de Eldorado A UNA ASAMBLEA MAÑANA 10 DE MAYO A LAS 06.30 AM CON EN EL PREDIO DE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS ! TEMA A TRATAR PARITARIAS 2023 Y PASE A PLANTA PERMANENTE ! LOS ESPERAMOS!
En el lugar, representantes del gremio del Concejo Deliberante comentaron sobre una Ordenanza aprobado casi a fin de abril, sobre la creación de una Comisión que tenga como fin analizar y realizar cambios en el Estatuto del Empleado Municipal, inmediatamente después, la Asamblea priorizo la atención ante posibles cambios que podrían afectar a trabajadores contratados y plata permanente.
La delegada municipal del gremio hizo un descargo en su red social, informando el porque ahora, el gremio declara Asamblea permanente. Alerta y Movilización:
UPCN informa:
Jamás fue la intención del plantel municipalidad declararse en Asamblea Permanente , Alerta y movilización. Pero lo ocurrido amerita . Crear una ordenanza 025/2023 y jamás convocar a las partes que están involucradas !.
Respetamos la democracia y la defendemos.
Estamos en un momento de transición de mandato lo cual sabemos que debe ocurrir. Siempre priorizamos el diálogo ante todo y la prudencia. Sabemos que por hay incertidumbre de los trabajadores municipales. Acompañaremos y lucharemos todos juntos en defensa de nuestro derecho.
Hoy quiere manipular la información pero usted compañero escucharon de la asamblea lo sucedido.
Vamos por el VETO TOTAL DE ORDENANZA
Pase a planta permanente de los compañeros que se encuentran en condiciones según Estatuto Municipal. Así mismo velar por la masa de prestadores de servicio y contratos temporales que no reúnen la antigüedad.
RECOMPOSICION SALARIAL: 25% AL BÁSICO DE MAYO Y 25%AL BÁSICO CON EL SUELDO DE JUNIO tomando en cuenta la formula aplicada.
Subir el valor de la hora mayor dedicación $1.000
Realizar la mesa de diálogo con presencia del Intendente actual Dr. Fábio Martinez , Intendente Electo Dr Rodrigo Duran y los representantes Gremiales.
¿Qué dice el Proyecto de Ordenanza que el gremio pide que no lo promulgue el ejecutivo?.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ELDORADO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
- ARTÍCULO 1º): CREASE la “COMISIÓN PARA EL ABORDAJE DE LA REFORMA
DEL ESTATUTO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL”, en adelante “La Comisión”, que constituye un espacio de participación, deliberación y propuesta para el estudio, análisis, evaluación y posterior reforma del mismo.—
ARTÍCULO 2º): FUNCIONES Y ATRIBUCIONES. La Comisión tendrá las siguientes
funciones y atribuciones:
- Conocer, de manera precisa, el estado actual de la normativa vigente en la materia. –
- Evaluar la factibilidad de crear un marco normativo unificado, teniendo presente las necesidades existentes en la actualidad y las nuevas que pudieran llegar a surgir. –
- Recopilar todas las normas existentes para su posterior estudio y evaluación. –
- Analizar el funcionamiento de la administración municipal, los derechos y obligaciones del personal y, de manera específica, los puntos establecidos en el Artículo 209°) de la Carta Orgánica de nuestra Ciudad.
- Orientar y recomendar sobre los ejes y/o puntos del Estatuto y/o de sus modificatorias que serán objeto de revisión. –
- Proponer los mecanismos de participación para la elaboración y amplia deliberación del anteproyecto realizando el seguimiento y evaluación del mismo debiendo, en forma previa a su remisión al Cuerpo Deliberativo, solicitar opinión técnica a al menos un profesional del derecho, un profesional del área de recursos humanos y un profesional del área de contabilidad que no tengan vinculación de ningún tipo con el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal. En el Reglamento Interno se establecerá la forma de selección de los mismos. –
- Dictar su Reglamento Interno de funcionamiento.—————————-
ARTÍCULO 3°): CONFORMACIÓN. La Comisión para el Abordaje de la Reforma del
Estatuto para el Personal de la Administración Municipal estará integrada por:
- Tres (3) Representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, pertenecientes al área de la Secretaría de Gobierno (Dirección de Asuntos Jurídicos y Dirección de Recursos Humanos) y Secretaría de Hacienda. –
- Tres (3) Concejales (dos por la mayoría política representada en el Cuerpo y uno por la primera minoría). –
- Dos (2) representantes del Juzgado Municipal de Faltas que fueran designados al efecto, pudiendo uno de ellos ser un Agente Municipal que no revista carácter jerárquico. –
- Cuatro (4) Representantes del/ de los Gremio/s y/o Sindicato/s que actúen en representación de los Agentes Municipales (dos en representación del Departamento Ejecutivo Municipal y dos en representación del Concejo Deliberante). ————————————–
ARTÍCULO 4°): LA Comisión será convocada por el Concejo Deliberante. La solicitud de
convocatoria necesitará la aprobación de una mayoría simple del Cuerpo, y tal decisión será comunicada al Departamento Ejecutivo Municipal y al/ a los Gremio/s y/o Sindicato/s que representen a los Agentes Municipales de nuestra ciudad. ————————–
ARTÍCULO 5°): LA Comisión será la encargada de efectuar las convocatorias, al menos, una
vez cada quince (15) días, a través de la persona que a tal fin se designe en la primera reunión luego de sancionada la presente, con el deber de llevar el Acta de todo lo actuado.———————————————————————————————————
ARTÍCULO 6°): LA Comisión para el Abordaje de la Reforma del Estatuto para el Personal
de la Administración Municipal reglamentará su organización y funcionamiento contando para ello con un plazo máximo de sesenta (60) días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, debiendo ser aprobado por el Concejo Deliberante. —————————————————————————————————
ARTÍCULO 7º): REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los
fines de su promulgación, cumplido, ARCHIVESE.—————————–