La provincia de Misiones cuenta con 80 áreas naturales protegidas, entre públicos y privados; de carácter municipal, provincial y nacional. Es la provincia que más tiene en cuenta el cuidado y conservación de la naturaleza.
Aquí se jerarquiza la importancia que reviste la Ley de Áreas Naturales Protegidas , que refuerza la conservación de la biodiversidad misionera, uno de los recursos estratégicos más importantes con las que cuenta el territorio y cuya importancia se ve reflejada en el reconocimiento de Misiones como Capital Nacional de la Biodiversidad.
La presente Ley aprobada por la Cámara de Representantes de la provincia de Misiones prevé sustituir los Artículos 50 y 60 de la Ley XVI – N° 29 (Antes Ley 2932),:
“ARTÍCULO 50. El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley y el órgano ejecutor de la política provincial de Áreas Naturales Protegidas, en el marco de los objetivos establecidos en el Artículo 4.”
“ARTÍCULO 60.- Las infracciones que pudieren cometerse con relación a lo dispuesto por la presente Ley, su reglamentación y las disposiciones que por vía resolutiva adoptare la autoridad de aplicación, se sancionarán con las penalidades que a continuación se expresan, teniendo siempre en cuenta la gravedad de la infracción:
1) apercibimiento verbal o escrito;
2) inhabilitación, prohibición de ingreso, expulsión;
3) suspensión de permisos u otras formas de actividades autorizadas, clausura transitoria o definitiva;
4) cancelación de permisos u otras formas de actividades autorizadas, clausura transitoria o definitiva;
5) decomiso de bienes muebles, semovientes y de todo elemento que hubiere participado en el acto sancionatorio y
6) multas de valor equivalente de 20 a 20.000 litros de nafta, gradualmente conforme a la gravedad de la acción sancionada y/o el carácter de reincidente del o los involucrados. El precio del litro de nafta será el que corresponde a la nafta de mayor valor informado por la Cámara de Estaciones de Servicios del NEA (CESANE), a requerimiento de la Autoridad de Aplicación que deberá solicitarlo por períodos semestrales. Conforme el valor informado, el cálculo se efectuará y convertirá en moneda de curso legal al momento en que el infractor efectúe el efectivo pago en sede administrativa o sede judicial”.
La actualización y adecuación de esta norma colaborará a cuidar los recursos que posee la provincia y dará efectivo cumplimiento, para que el organismo pertinente tenga las herramientas necesarias para preservar las áreas protegidas.
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