El proyecto permite que los matrimonios puedan disolverse con la sola presentación de ambos cónyuges “ante el órgano administrativo del último domicilio” del matrimonio.
El proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, enviado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional, incorpora un inciso al artículo 435 del Código Civil y Comercial, permitiendo que los matrimonios puedan disolverse con la sola presentación de ambos cónyuges “ante el órgano administrativo del último domicilio” del matrimonio.
En su artículo 352 el proyecto de ley señala que se incorpora como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley 26.994 y sus modificatorias, el siguiente texto: “Comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio”.