La presencia de mascotas esta prohibida por ley en todos los parques nacionales del país. Ingresó sin pagar y con su gato al Parque Nacional Iguazú y terminó detenido.
Este jueves se registró una insólita situación dentro del area protegida del Parque Nacional Iguazú, un turista de nacionalidad argentina hizo caso omiso a la reglamentación vigente e ingreso para visitar cataratas con su mascota. Cabe destacar que la empresa concesionaria de los servicios en Cataratas cuenta con caniles gratuitos en el portal de acceso para que los visitantes puedan ingresar con tranquilidad evitando cualquier tipo de problemas con las mascotas.
Los testigos de la situación relataron que los guardaparques advirtieron al turista que no podía ingresar sin embargo el hombre se impuso “Los guardaparques lo iban siguiendo y el gritaba que lo dejaran pasear tranquilo. Que era argentino y tenía derecho a estar ahí con su gato” indicaron.
Desde la Jefatura de Guardaparques dieron a conocer que una persona ingreso al área protegida sin abonar el ticket con su gato en brazos, el mismo logro ser detenido por un efectivo policial y tres efectivos de guardaparques dentro de los circuitos. “El hombre estaba muy agresivo, ingreso sin pagar con el gato. En todo momento se trato de persuadirlo a que abone el ingreso y deje a su mascota en el canil que esta a disposición de forma gratuita”, explico Nelson Frías jefe de guardaparques.
Como la situación se volvía cada vez más complicada desde loa guardia solicitaron la presencia de personal policial a la comisaria 1º. “Se logro detener y reducir al hombre dentro de uno de los circuitos y se hizo entrega del hombre a los efectivos policiales quienes lo trasladaron en un patrullero y ellos continuarán con las diligencias correspondientes”, remarcó Frias.
Prohibido por ley
La ley 22.351 que data del año 2012 en su anexo 1 explica con detalles el reglamento para la tenencia de perros, gatos y otras mascotas en aeras protegidas. En su articulo 39 expresa “Queda expresamente prohibido la introducción y tenencia como mascota, ya sea en forma permanente o temporaria, de ejemplares de especies silvestres de fauna nativa o exótica, dentro de la jurisdicción de la APN (Administración de Parques Nacionales).
La presencia de mascotas es ajena a los ambientes naturales de la Argentina. Su instinto y comportamiento natural impactan de modo directo e indirecto en la fauna y flora local, independientemente de si el animal tiene buena conducta y se encuentra con las vacunas al día.
En el caso de los perros, por ejemplo, con su ladrido y olor ahuyentan a la fauna local sensible a su presencia y al sumergirse en ríos y lagos, o a través de sus desechos, pueden ingresar enfermedades que la afecten. Además, impactan sobre la calidad de la visita de los demás turistas, quienes van a los Parques Nacionales buscando vivenciar la naturaleza argentina en su aspecto más puro.
Por estos motivos la Administración de Parques Nacionales no permite el ingreso de visitantes con sus mascotas a las áreas protegidas –Resolución HD Nº 59/13 Reglamento para la tenencia de perros, gatos y otras mascotas en áreas protegidas nacionales-, con la única excepción de perros guías para discapacitados o perros lazarillos para no videntes, en este caso deben solicitar autorización previa a la intendencia del parque.