Las aseguradoras de automóviles se preparan para un cambio significativo en sus servicios, ya que no estarán obligadas a ofrecer asistencia de grúa, remolque y auxilio mecánico a sus clientes. Esta medida, establecida por el Gobierno a través de la resolución 217 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, requerirá que las compañías implementen el cambio en un plazo de 90 días.
La resolución, publicada recientemente en el Boletín Oficial, especifica que una vez transcurrido este período de ajuste, las nuevas condiciones se aplicarán en el momento de la renovación de las pólizas. En consecuencia, los servicios de remolque solo estarán disponibles en caso de siniestros por daños (accidentes), incendios, robos o hurtos.
Esta modificación representa un ajuste significativo en los servicios ofrecidos por las aseguradoras de automóviles, lo que podría tener un impacto en las expectativas y necesidades de los asegurados. Los clientes deberán tener en cuenta esta nueva disposición al momento de evaluar sus opciones de seguro y planificar sus necesidades de asistencia en carretera.
Se espera que las aseguradoras brinden información detallada a sus clientes sobre cómo se verán afectados por estos cambios y qué alternativas estarán disponibles para cubrir sus necesidades de asistencia en carretera en el futuro.
Este cambio refleja un intento por parte del Gobierno de optimizar y racionalizar los servicios de seguros de automóviles, alineándolos más estrechamente con las necesidades y demandas del mercado actual.
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